la respuesta es que Si; para evitar perjuicios propios y a terceros.
Una Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, ha declarado responsable por Responsabilidad Civil a un inquilino, por un incendio que se originó en una vivienda de alquiler, por daños que no fueron provocados por él, pero si por personas que convivian con él.
La reflexión que hemos hacer es, que la vivienda ha de estar asegurada contra el infortunio, en cuanto al continente por la Propiedad, y en cuanto a la Responsabilidad civil por el Arrendatario, tal y como dispone el Art. 1563 del código civil.
Por ello, en el momento de firmar el contrato de Arrendamiento, es importante saber si dicha vivienda está asegurada, y que conceptos cubre el Seguro, y aquellos otros que ha de asegurar el arrendatario, para estar debidamente cubierto.